Tutelas de menores
Información sobre tutelas
Una tutela testamentaria es un proceso de la corte en el que un juez otorga la custodia de un niño menor de 18 años o los bienes del niño, o ambos, a alguien que no es uno de los padres. El proceso que otorga la custodia de un niño a un cuidador que no es uno de los padres se llama "tutela de la persona" y el proceso que otorga el poder de administrar los bienes de un niño se llama "tutela del patrimonio".
Recursos de tutela
Los siguientes recursos están disponibles para ayudarle con su papeleo:
- Sitio web de ayuda del Consejo Judicial
- El taller Clínica de tutelas está disponible comunicándose con el Centro de ayuda de Derecho de Familia del condado de Sutter ubicado en 1175 Civic Center Blvd., ciudad de Yuba, CA 95993. Teléfono: (530) 822-3305.
- Folleto del Consejo Judicial Folleto de tutoría para la tutoría de niños en la corte testamentaria. (formulario GC-205)
(en español)
Preguntas frecuentes sobre tutelas
Haga clic en las siguientes preguntas frecuentes para obtener más información.
Los familiares, amigos de la familia u otras personas interesadas mayores de 18 años pueden ser considerados como tutores legales potenciales.
Un tutor de la persona tiene la custodia legal y física total del menor.
Un tutor de patrimonio administra los ingresos, el dinero u otros bienes del menor.
Un tutor tiene fundamentalmente las mismas responsabilidades que un padre con respecto a un menor. Esas responsabilidades incluyen proporcionar al menor:
- Alimentos, ropa y refugio
- Seguridad y protección
- Crecimiento físico y emocional
- Atención médica y dental
- Educación y necesidades especiales
Si se incluye un tutor del patrimonio, el tutor también debe administrar los fondos y los bienes del niño hasta que el niño cumpla 18 años y presentar informes periódicos a la corte.
Para convertirse en el tutor legal de un niño, tiene que llenar y presentar documentos en la corte junto con una cuota de presentación (enlace). Puede obtener el paquete de formularios en la corte o en el sitio web del Consejo Judicial:
Sí, un investigador designado por la corte hará un informe completo que puede incluir:
- una visita al hogar donde vivirá el menor
- entrevistas personales con el menor y los tutores propuestos;
- una revisión de los documentos disponibles, como registros médicos o escolares
- entrevistas telefónicas con las personas involucradas para confirmar información
- una revisión de antecedentes penales y legales para saber si hay antecedentes de descuido, maltrato o actividad delictiva
La corte puede ordenar una cuota por el informe del investigador de la corte con base en el tiempo requerido para realizar la investigación y la capacidad de pago.
Tiene que proporcionar a la corte el formulario anual del Consejo Judicial GC-251 Informe confidencial de situación de la tutela y es posible que tenga que asistir a audiencias anuales de revisión de progreso.
- El menor cumple 18 años; o
- El menor muere; o
- El menor es adoptado; o
- Los bienes del menor se agotan (para la tutela del patrimonio); o
- Un juez decide que la tutela ya no es necesaria.