Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes sobre Tránsito
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Ciertas infracciones de vehículos pueden ser responsabilidad del propietario, no del conductor. Dichas infracciones incluyen las relacionadas con el registro, el equipo y las limitaciones de peso. Si un conductor fue citado por estas infracciones, la citación puede haber sido marcada como "Responsabilidad del propietario". El propietario del vehículo recibirá por correo un aviso para comparecer. Si el propietario no responde a este aviso, eso puede impedir la renovación del registro del vehículo.
Para obtener una prórroga, acérquese personalmente a la División de Tránsito o llame al 530-822-3303 durante el horario de servicio habitual. Si fue arrestado y pagó una fianza para comparecer, el secretario no puede cambiar la fecha ni la hora de la comparecencia.
Las citaciones de tránsito no se incluyen automáticamente en el calendario de la corte. La fecha de comparecencia anotada en una citación de tránsito suele ser una fecha de vencimiento, no una fecha de comparecencia en la corte. Si recibió una infracción, tiene que ocuparse de su multa a más tardar en la fecha de su infracción o recordatorio. De lo contrario, se sumarán sanciones adicionales.